
- Europa y violencia de género - Alberto Villén
Aunque el problema de fondo no se soluciona, al menos, los tratados vinculantes tienen la ventaja que obligan a los Estados firmantes a cumplir con los términos establecidos.
Es simbólico que el tratado, el primero de este tipo, haya sido firmado en Turquía, en Estambul, en mayo de 2011, un país donde históricamente se ha perseguido y maltratado a las mujeres de una forma habitual y con la anuencia social.
El tratado fue preparado por el Consejo de Europa, que es un organismo que supervisa la implementación de medidas para asegurar los derechos humanos. Es un documento jurídico que abre la primera estrategia estatal para tratar el grave problema de la violencia doméstica contra la mujer.
Un tratado vinculante
El que sea vinculante le da un giro novedosos a las famosas “declaraciones”, que no pasan de ser sólo discursos de intenciones pero sin aplicación práctica real. Cuando se firman tratados vinculantes se establecen obligaciones jurídicas que deben ser cumplidas, so pena de ser sometidos a castigos internacionales por no aplicar aquello en lo que se ha empeñado un compromiso. En ese contexto, se convierte en el primer tratado de este tipo que confiere derechos y obligaciones.
Las obligaciones de los países que firman el tratado
Los países que firmaron el tratado tienen que establecer sistemas de ayuda telefónica para las víctimas, refugios, servicios médicos y apoyo legal para mujeres que hayan vivido situaciones de violencia doméstica, matrimonios forzados o mutilación genital. Los gobiernos se obligan a perseguir y enjuiciar a quienes sean responsables de estos actos.
Los países firmantes del tratado fueron Francia, Alemania, Grecia, España, Turquía, Austria, Finlandia, Islandia, Luxemburgo, Montenegro, Portugal, Eslovaquia y Suecia. Se espera que otras naciones de la Unión Europea se plieguen a esta medida.
Lo que el tratado vinculante obliga
- Sistemas de ayuda telefónica. Son servicios que proveen teléfonos de emergencia para casos de violencia doméstica, donde personal especializado atiende las llamadas y solicita la intervención de autoridades pertinentes. Además, se da la posibilidad de que dichas líneas no estén saturadas por otros servicios y se puedan prestar con urgencia ayudas que de otro modo pueden llegar tarde.
- Refugios. Casas o lugares especiales donde las mujeres agredidas pueden recurrir con sus hijos y pueden servir de contención frente a una agresión o lugares de estancia corta mientras se proveen las ayudas legales y económicas para que las personas violentadas reciban un tratamiento integral.
- Servicios médicos. La mayoría de quienes trabajan en los servicios médicos no han recibido capacitación especializada en atención de casos de violencia doméstica. Servicios médicos especializados permitirían detectar casos, derivar a otros especialistas o atenderlos con un elemento de sensibilidad adicional que pueda ayudar mejor a las víctimas.
- Ayuda legal. Las estadísticas muestran que la mayoría de las mujeres que se ven enfrentadas al problema de la violencia doméstica no reciben la ayuda legal adecuada y por presión, miedo o falta de conocimiento abandonan las posibilidades de continuar los procesos hasta el final. Una buena orientación legal vendría a poner fin a la impunidad en que son tratados estos casos.
Los problemas específicos que se propone enfrentar el tratado
- Violencia doméstica. La expresión es ambigua puesto que cubre un amplio espectro de situaciones que pueden ser calificadas de violencia doméstica. Así que el primer paso consistirá en educar acerca de los diversos tipos de violencia y las formas en que se presenta. Eso incluye violencia física, sexual y emocional.
- Matrimonios forzados. Con la llegada a Europa de una gran cantidad de inmigrantes de zonas del mundo donde el matrimonio es arreglado por los padres o familiares, bajo la amenaza de muerte o mutilación, es un problema cada vez más serio, el enfrentar la realidad de matrimonios forzados, en ocasiones entre jovencitas que recién entran a la adolescencia con adultos mayores.
- Mutilación genital. No hay datos exactos del problema, pero la ablación del clítoris, habitual en países donde las mujeres carecen de derechos, es practicada en Europa, especialmente por comunidades de inmigrantes que consideran que es su derecho la mutilación genital femenina.
Los Estados firmantes se obligan a perseguir y enjuiciar a quienes caigan en estas prácticas lo que en sí es un avance enorme en términos jurídicos. Sin embargo, persiste la necesidad no sólo de crear leyes que configuren delitos de prácticas habituales, sino que además se eduque a la población en formas sanas de convivencia y maneras de romper con mitos ancestrales que invalidan o mutilan.
