
- Tarjeta Sanitaria Europea - NHS (National Health Service UK)
Aunque siguiendo una serie de sencillos consejos es posible eliminar muchas de las posibilidades de necesitar asistencia sanitaria en el extranjero, resulta imposible evitar ciertas urgencias médicas, por lo que es muy útil conocer las distintas opciones de las que disponemos y cuáles son los trámites a realizar antes de comenzar el viaje.
Tarjeta sanitaria europea
Todos aquellos beneficiarios de la Seguridad Social española tienen derecho a solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). Dicha tarjeta es un documento personal e intransferible que da al beneficiario derecho a recibir asistencia sanitaria en el Espacio Económico Europeo (EEE) así como en Suiza siempre que se encuentre desplazado por motivos de ocio, trabajo o estudios (es decir, no cubre desplazamientos que tengan como único fin recibir asistencia sanitaria).
La TSE tiene una validez de 2 años desde su fecha de expedición y se puede solicitar en la sede electrónica de la Seguridad Social (sin necesidad de disponer de certificado digital) aunque en algunos casos es necesario acudir a un Centro de Información y Atención.
En todos los casos, la tarjeta se enviará por correo postal en un plazo máximo de 10 días.
Un dato importante a tener en cuenta es que si bien este documento nos da derecho a recibir atención sanitaria, en algunos países europeos es necesario pagar un porcentaje del coste de dicha atención ya que no es gratuita. No obstante, los ciudadanos españoles tienen derecho al reembolso de dicho dinero una vez hayan vuelto a España.
Certificado Provisional Sustitutorio
En casos urgentes en los que no haya tiempo para recibir la tarjeta sanitaria, se puede solicitar el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) que provee al ciudadano de los mismos derechos que la tarjeta europea durante un máximo de 90 días. El CPS puede obtenerse en cualquier oficina de la Seguridad Social o bien en su sede electrónica desde la siguiente dirección (para lo que es necesario disponer de certificado digital).
Beneficiarios de mutuas
Aquellos beneficiarios de mutuas y compañías privadas (MUFACE, Adeslas, Sanitas) han de consultar con su compañía aseguradora la cobertura de sus seguros ya que en la mayoría de los casos cubren asistencia en el extranjero sin necesidad de contratar un seguro extra.
Seguros de asistencia en viaje
También es posible contratar un seguro de asistencia en viaje con una de las múltiples aseguradoras disponibles. En este caso, conviene tener en cuenta las características concretas del seguro contratado, leyendo con detenimiento la póliza para conocer los servicios prestados (atención en urgencias, accidentes, repatriación si fuera necesario, gastos de viaje de un familiar al país de destino etc.) así como los límites económicos del mismo.
Una de las ventajas de los seguros privados de asistencia en viaje es la comodidad, puesto que en muchos casos basta con una llamada telefónica a la aseguradora para que ésta envíe un facultativo al hotel o lugar de residencia o una ambulancia si fuera necesaria la asistencia en un hospital.
Los seguros de asistencia en viaje son obligatorios para conseguir un visado, además, son muy recomendables siempre que se viaje fuera de la Unión Europea (y por lo tanto, no se tenga derecho a atención sanitaria) ya que su precio no es muy elevado y, sin embargo, pueden evitar muchos problemas durante el viaje.
