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Son muchos las razones que pueden motivar a un propietario poner su vivienda o finca en el mercado de arrendamientos, entre otros, y siendo los más comunes, aquellos que tienen más de una propiedad y que deciden sacarle partido a la que no constituye su morada, para afrontar los gastos que supone su mantenimiento y además sacar algún beneficio que ayude a solventar de los gastos de la que sí constituye su hogar.
Obligaciones del arrendatario
El arrendatario, es decir, el inquilino, debe mantener en buen estado de conservación todos los enseres incluidos dentro del contrato y para ello se establece normalmente un inventario que se anexa al contrato. También tiene la obligación de hacer frente a las cuotas de arrendamiento con las cantidades y los plazos de pago que se especifican en contrato.
Aunque se sobreentiende que se debe tener unas normas de comportamiento cívicas dentro de una comunidad, a veces se obvian estas medidas, pudiendo llevar a censurar un arrendamiento por alguna circunstancia relacionada con el comportamiento de un inquilino.
El inquilino tiene la obligación de respetar las normas de las comunidades de vecinos así como las demás ordenanzas municipales o leyes vigentes que afecten al emplazamiento de la vivienda, de lo contrario podría suponer la rescisión del contrato.
También tiene la obligación de pagar los suministros que contrate por su cuenta como internet, teléfono, etc. Además de hacer frente si así lo dispone el contrato de los gastos derivados del uso de la vivienda como pueden ser la comunidad, el impuesto de bienes inmuebles, la luz, el agua, etc.
Derechos del arrendatario
El arrendatario tiene derecho a que la vivienda se encuentre siempre en perfecto estado de habitabilidad, y a que los elementos fundamentales de la vivienda funcionen con normalidad. También tiene derecho a que se le devuelva la cuota de fianza de depósito una vez concluido el contrato si n que se haya incurrido en alguna de las causas que conllevaría la perdida de la misma.
Tiene derecho a que se le respeten las cantidades establecidas como cuota dentro del plazo de un año sin que sufran subidas de ningún tipo, siendo la única subida de carácter anual y con arreglo al IPC.
Están en su derecho de exigir facturas de todos los pagos que se realizan a cuenta del arrendamiento así como de incluir elementos en la vivienda adecuados a su necesidad, eso sí sin que perjudique a los intereses del arrendador en su propiedad, ni infrinja ningún tipo de disposición o ley.
Tiene derecho a cambiar la cerradura y a disponer de las llaves que abran los compartimentos que puedan afectar a la vivienda.
Los elementos electrodomésticos que estén incluidos dentro de un contrato de alquiler, deben funcionar perfectamente, las averías como consecuencia de la antigüedad y mala conservación de los mismos debe ser reparada por el arrendador, siempre y cuando la avería no sea como consecuencia del mal uso y negligencia del arrendatario.
El periodo establecido por la LAU, para los arrendamientos a excepción de los contratos de arrendamiento de uso distinto de vivienda, será de un año prorrogable a cinco obligatorios para el arrendador pero voluntarios para el inquilino.
Obligaciones del arrendador
Además de las especificadas en derechos del inquilino, el arrendador está obligado legalmente a respetar la intimidad de los inquilinos tanto en la vivienda como en su correspondencia, de tal manera que si la infringiera estaría cometiendo presuntos delitos de allanamiento de morada, atentado contra el derecho a la intimidad, etc.
El arrendador tiene la obligación de conservar la cantidad depositada como fianza hasta la conclusión del arrendamiento para devolverla integra al final del mismo, sin que se pueda utilizar esta como pago de una mensualidad.
Derechos del arrendador
Además de los incluidos en obligaciones del arrendatario, el arrendador tiene derecho a rescindir el contrato si no se cumplen las clausulas del mismo, y por consiguiente a desahuciar al inquilino en un plazo establecido. También tiene derecho a que se conserve el inmueble en perfecto estado, corriendo el inquilino con los gastos de adecuación si los deterioros son como consecuencia del uso cotidiano del mismo.
Por último tienen derecho a la rescisión del contrato si tienen que disponer de la vivienda para uso particular, dando siempre un plazo razonable para que el inquilino abandone la vivienda.
