Derechos del consumidor

Formas de defensa del consumo

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Consumidor - (c)consumo.jpg
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Los derechos del consumidor es un tema recurrente, pero en muchos países muchas personas desconocen las leyes de protección a los consumidores

¿Qué es un consumidor? Consumidor, como establece el Real Diccionario de la Lengua, es la “Persona que compra productos de consumo”. Sin embargo, a efectos jurídicos establecidos por la Ley 22/84, es la persona física o jurídica que adquiera, utilice o disfrute como destinatario final, bienes muebles o inmuebles, productos, servicios, actividades o funciones, cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o colectiva de quienes lo producen, facilitan, suministran o expiden. Por lo tanto, a efectos jurídicos, quedan excluidos de la definición de consumidor todos los sujetos que adquieren un bien o servicio para destinarlo a la producción, transformación, comercialización o prestación a terceros.

Derechos básicos del consumidor

  • La protección de la salud o la seguridad (salubridad, normativa de seguridad, etc…).
  • La protección de intereses económicos y sociales (etiquetado, instrucciones, etc…).
  • Una información correcta (por ejemplo: cláusulas abusivas en los contratos).
  • La educación y la formación en materia de consumo.
  • La representación, consulta y participación a través de las organizaciones de consumidores para la elaboración y aprobación de aquellas leyes y normas que les afecten.
  • La protección jurídica, administrativa y técnica en situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión.
  • La indemnización o reparación de daños y perjuicios sufridos.

Articulación de su defensa.

  • Constitución así como los desarrollos (Ley 22/84 y posteriores) de la misma realizadas por las Comunidades Autónomas y las Directivas Comunitarias al respecto. El artículo constitucional apunta que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, no sólo mediante acciones legales y en materia de salud sino mediante el apoyo a organizaciones de consumidores y a acciones formativas y educativas.
  • Direcciones Generales de Consumo de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos.

Formas de ejercer la reclamación

  • Ante organismos de protección al consumidor y organizaciones de consumidores, a través del formato oficial de hoja de reclamaciones.
  • Alternativa de Conflictos como paso previo a la vía judicial. Este sistema se articula a través de las Juntas Arbitrales de Consumo.

Ofertas: confusión conceptual

Muchas de las reclamaciones de los consumidores se produce en torno a las ofertas, estableciendo la Ley de Comercio las siguientes definiciones:

  • Rebajas. Oferta de artículos en el mismo establecimiento en el que se ejerce habitualmente la actividad comercial, a un precio inferior al fijado antes de dicha venta.
  • Promoción. ventas que se realizan por precio inferior o en condiciones más favorables que las habituales con el fin de de potenciar la venta de ciertos productos. Los productos no podrán estar deteriorados o ser de peor calidad que los mismos productos a precio normal.
  • Saldos. Es la venta de productos cuyo valor de mercado aparezca manifiestamente disminuido a causa del desperfecto, deterioro, desuso u obsolescencia de los mismos. Deberán anunciarse como tal estas ventas y explicar en qué consiste el deterioro.
  • Liquidación. Es la venta con carácter excepcional cuya finalidad es extinguir determinadas existencias de productos, por alguno de los siguientes motivos: cese total o parcial de la actividad, cambio en el ramo de comercio, obras o traslados o cualquier otro motivo de fuerza mayor. La duración máxima será de tres meses (puede ser de un año, sólo en el caso de cese de negocio).
JOSÉ GUTIÉRREZ, FOTOPRESS

José G. Fernández - Al periodismo me llevó mi sed de conocimientos y no a la inversa o lo que es lo mismo: ser periodista es una excusa para escribir, ...

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